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Honsou
 
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Predeterminado Leyes para ricos, leyes para pobres  - 22-abr-2013, 11:45
  #1

El pasado 28 de Diciembre el Partido Popular aprobó una reforma del Código Penal que bajo el camuflaje de una mayor transparencia esconde una efectiva impunidad para todos los grandes delincuentes fiscales que defrauden más de 120000 euros a la Hacienda Pública.

Hasta ese momento la pena por defraudar a la hacienda Pública más de 120000 euros era según el art. 305 del CP de 1 a 5 años de prisión y una multa del tanto al sextuplo de lo defraudado. El PP no ha tocado esto si no que a añadido un apartado a este art. por el que si el autor de delito reconoce los hechos judicialmente y paga la multa antes de que transcurran 2 meses desde que es imputado se le aplica la pena inferior en uno o dos grados.

Para los que no sean expertos en Derecho una pena inferior en un grado se aplica cogiendo el mínimo de la pena superior y deduciendole la mitad de la cuantía que sería el límite mínimo.

En otras palabras por defraudarle al estado más de 120000 euros tan solo me arriesgo a una pena máxima de 1 año de cárcel que nunca cumpliría si no tengo antecedentes y a una multa de la misma cantidad que haya defraudado como máximo, si se aplica la pena inferior en dos grados sería aún más escandaloso ya que la pena sería de 3 a 6 meses de cárcel y de la cuarta parte a la mitad de la defraudado de multa siempre que pague la deuda a los dos meses de ser imputado.

Aquí dejo el enlace del BOE del 28 de diciembre recomiendo saltarse la exposición de motivos e ir directamente al art.305 y dentro de este el punto 6.
http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/28/pdfs/BOE-A-2012-15647.pdf

A por cierto esto se aplica aunque hayas defraudado más de 600000 euros hayas defraudado en el seno de una organización criminal o mediante cuentas en paraísos fiscales y también para el que defraude más de 50000 euros a la Seguridad Social (art. 305 bis y 307 CP).

Realmente escandaloso en mi opinión y aún más escandaloso que ningún medio de comunicación ni partido de la oposición haya publicitado este autentico agravio a los españoles que pagamos nuestros impuestos, con la excepción de la revista de humor El Jueves que lo público la semana pasada.
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Bandolero
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 12:05
  #2

A mí lo que me parece escandaloso es que te puedan meter en la cárcel por dejar de pagar impuestos.
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carlos_maria
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 12:25
  #3

Solo un pequeño, GRAN DETALLE, la reducción de la pena es si pagas lo defraudado,... ALGO QUE HASTA AHORA DIFICILMENTE SE CONSIGUE...
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franeli13
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 12:26
  #4

a mi que en un foro de bolsa algunos solo pongan cosas con los Pivots Points (PP) en vez de aportar sobre el tema del foro, si quisiera pasarme el dia leyendo politica me iria a diasdepolitica.com
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elzeviriano
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 12:33
  #5

aunque no te quito parte de razón, creo que cuando se valoran las leyes hay que hacerlo en toda su extensión, no solo se apueba esa medida, aparte se aprueba un paquete de medidas bastante amplias algunas muy duras para los q hacen delito fiscal y creo que hay q valorarlas todas juntas.
al punto que el delito fiscal no prescribe y el asesinato prescribe a los 20años, y eso si me parece escandaloso, pq se considera mejor a un asesino q a un defraudador .... cosas curiosas de la vida cuando aquí en España el 95% de las casas se han comprado por encima del valor escriturado

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ktech123
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 12:50
  #6

Cita:
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A mí lo que me parece escandaloso es que te puedan meter en la cárcel por dejar de pagar impuestos.
Para que luego digan que los impuestos son solidaridad. Si no los pagas al trullo
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Honsou
 
Ingreso: feb-2013
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Predeterminado 22-abr-2013, 12:52
  #7

Perdona pero estas equivocado el delito fiscal si que prescribe de hecho hacienda no puede investigar declaraciones de impuestos de hace más de 4 años con carácter general y el delito fiscal en si prescribe a los 5 años la modificación que se hizo el 28 de Diciembre es aumentar la pena máxima de los delitos de defraudación de más de 600000 euros mediante grupo criminal, persona interpuesta o paraíso fiscal de 2 a 6 años como aparece en el art 305 bis del enlace del BOE que adjunte, lo que hace que la pena prescriba a los 10 años. En cuanto al asesinato ahora mismo no encuentro el art. pero estoy casi convencido de que los delitos de sangre no prescriben.

En cuanto que quizas hablo demasiado de politica y poco de Bolsa pues teneis parte de razón pero eso se debe a varios motivos. En 1º lugar me considero bastante inexperto en relación a la gente que se mueve por el foro y me gusta escribir cuando veo que puedo aportar algo, en este caso me pareció algo que no ha recibido la atención debida por parte de los medios de comunicación ni de los grupos políticos de este país y que merecia ser difundido que cada uno saque las conclusiones que estime oportunas, yo no intento convencer a nadie de nada. En 2º lugar estoy dandole los últimos retoques a mi plan de trading y pronto comenzare a postear en el hilo del intradia temas más relacionados con la bolsa. No pretendo ofender ni molestar a nadie con estes posts de "politica".
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galgito
 
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Ingreso: ene-2011
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Predeterminado 22-abr-2013, 12:54
  #8

Cita:
Iniciado por franeli13 Ver Mensaje
a mi que en un foro de bolsa algunos solo pongan cosas con los Pivots Points (PP) en vez de aportar sobre el tema del foro, si quisiera pasarme el dia leyendo politica me iria a diasdepolitica.com
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Honsou
 
Ingreso: feb-2013
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Predeterminado 22-abr-2013, 12:56
  #9

El asesinato prescribe a los 30 años art.133 CP
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galgito
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 13:02
  #10

Cita:
Iniciado por Honsou Ver Mensaje
Perdona pero estas equivocado el delito fiscal si que prescribe de hecho hacienda no puede investigar declaraciones de impuestos de hace más de 4 años con carácter general y el delito fiscal en si prescribe a los 5 años la modificación que se hizo el 28 de Diciembre es aumentar la pena máxima de los delitos de defraudación de más de 600000 euros mediante grupo criminal, persona interpuesta o paraíso fiscal de 2 a 6 años como aparece en el art 305 bis del enlace del BOE que adjunte, lo que hace que la pena prescriba a los 10 años. En cuanto al asesinato ahora mismo no encuentro el art. pero estoy casi convencido de que los delitos de sangre no prescriben.

En cuanto que quizas hablo demasiado de politica y poco de Bolsa pues teneis parte de razón pero eso se debe a varios motivos. En 1º lugar me considero bastante inexperto en relación a la gente que se mueve por el foro y me gusta escribir cuando veo que puedo aportar algo, en este caso me pareció algo que no ha recibido la atención debida por parte de los medios de comunicación ni de los grupos políticos de este país y que merecia ser difundido que cada uno saque las conclusiones que estime oportunas, yo no intento convencer a nadie de nada. En 2º lugar estoy dandole los últimos retoques a mi plan de trading y pronto comenzare a postear en el hilo del intradia temas más relacionados con la bolsa. No pretendo ofender ni molestar a nadie con estes posts de "politica".
no molesta
y aparte de todo es muy interesante la entrada todo sea valorado en su justa medida, lo cierto es que yo tampoco lo escuche ni ley
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elzeviriano
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 13:21
  #11

Cita:
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El asesinato prescribe a los 30 años art.133 CP
Triple crimen de Alcàsser: cuando prescribe el asesinato cometido por Antonio Anglés. Las Provincias

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Bandolero
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 13:23
  #12

A estos del PP (Partido Pseudorrevolucionario) como sigan haciendo tonterías de ese calibre se lo van a dejar en bandeja a los revolucionarios de verdad y les va a estallar la bomba en la cara. Que un "delito" administrativo lo lleven a la categoría de penal.........en fin, luego vendrán los lamentos.

Y leyendo los datos que das.....no sé si los 120000 son de base liquidable o de cuota líquida, pero vamos si son sobre base liquidable ( en cuota líquida casi lo mismo me da también) una empresa que gane en un ejercicio 2000000 como tenga una discrepancia contable con hacienda, se salta los 120000 en un estornudo, y ya sería delito penal, ver para creer..........
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elzeviriano
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 13:25
  #13

Cita:
Iniciado por Honsou Ver Mensaje
Perdona pero estas equivocado el delito fiscal si que prescribe de hecho hacienda no puede investigar declaraciones de impuestos de hace más de 4 años con carácter general y el delito fiscal en si prescribe a los 5 años la modificación que se hizo el 28 de Diciembre es aumentar la pena máxima de los delitos de defraudación de más de 600000 euros mediante grupo criminal, persona interpuesta o paraíso fiscal de 2 a 6 años como aparece en el art 305 bis del enlace del BOE que adjunte, lo que hace que la pena prescriba a los 10 años. En cuanto al asesinato ahora mismo no encuentro el art. pero estoy casi convencido de que los delitos de sangre no prescriben.
".
el delito fiscal por evasion de impuestos de dinero fuera de España no prescribe asi como tampoco prescribe la demostración mas alla de 4años de dinero que te hayas llevado fuera de España ilegalmente
es decir, si tienes una cuenta en suiza de dinero que no hayas declarado te pueden mirar 20años atrás, anteriormente prescribía a los 4años, ya no

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tarkan101
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 14:31
  #14

Cita:
Iniciado por franeli13 Ver Mensaje
a mi que en un foro de bolsa algunos solo pongan cosas con los Pivots Points (PP) en vez de aportar sobre el tema del foro, si quisiera pasarme el dia leyendo politica me iria a diasdepolitica.com
hay cosas parecidas, aqui tambien alguno se ha hecho su propia campaña bursatil a semejanza de una campaña electoral, con el mismo estilo y con medias verdades.
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Honsou
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 14:51
  #15

Ese caso es de 1993 el art. sobre prescripción de los delitos a sido modificado 2 veces desde entonces una en 1995 y otra en 2003 todo parecido del CP actual con el de 1993 es pura coincidencia. Obviamente un crimen cometido en esa época prescribe cuando la ley del momento dice que lo hacia por el principio de no retroactividad.

Respecto a lo del dinero en el extranjero en el enlace del BOE de mi primer mensaje pone claramente que:

"En los casos en que la utilización de personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad
jurídica interpuestos, negocios o instrumentos fiduciarios o paraísos fiscales o
territorios de nula tributación oculte o dificulte la determinación de la identidad del obligado tributario o del responsable del delito, la determinación de la cuantía defraudada o del patrimonio del obligado tributario o del responsable del delito." el delito prescribe a los 10 años art 305 bis

A mi me parece que una cuenta en Suiza entraría dentro de este supuesto. Es cierto que antes prescribia a los 4 años pero te arriesgabas a pagar de multa hasta 6 veces lo defraudado y a entrar efectivamente en la cárcel cosa que ahora no sucede
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Honsou
 
Ingreso: feb-2013
Mensajes: 13
Predeterminado 22-abr-2013, 15:06
  #16

Cita:
Iniciado por Bandolero Ver Mensaje
A estos del PP (Partido Pseudorrevolucionario) como sigan haciendo tonterías de ese calibre se lo van a dejar en bandeja a los revolucionarios de verdad y les va a estallar la bomba en la cara. Que un "delito" administrativo lo lleven a la categoría de penal.........en fin, luego vendrán los lamentos.

Y leyendo los datos que das.....no sé si los 120000 son de base liquidable o de cuota líquida, pero vamos si son sobre base liquidable ( en cuota líquida casi lo mismo me da también) una empresa que gane en un ejercicio 2000000 como tenga una discrepancia contable con hacienda, se salta los 120000 en un estornudo, y ya sería delito penal, ver para creer..........
Bandolero el delito fiscal estaba reconocido como tal desde mucho antes de llegar el PP al poder de hecho lo que ha hecho el PP a sido más bien despenalizarlo aunque sin decirlo claramente y mediante subterfugios para que la gente no se entere.

Hoy en día con esa ley es prácticamente imposible que nadie vaya a la cárcel por no pagar impuestos, lo que puede tener partidarios y detractores pero al rebajar de tal manera la pena de multa se llega a la conclusión de que merece la pena defraudar y luego si te cogen ya pagaras, además que se llega al punto que las sanciones administrativas que podemos pagar cualquiera de nosotros por no presentar la declaración a tiempo o por infracciones administrativas que no lleguen a los límites del Delito Penal son tan duras o más que las multas que impone el Código Penal.

En cuanto a los datos son cuota Líquida por cada impuesto, es decir 120000 euros defraudados en retenciones al IRPF o en Iva repercutido, pero No una suma de ambos.
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Bandolero
 
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Ingreso: oct-2008
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Predeterminado 22-abr-2013, 15:31
  #17

[quote=Honsou;777304]Bandolero el delito fiscal estaba reconocido como tal desde mucho antes de llegar el PP al poder de hecho lo que ha hecho el PP a sido más bien despenalizarlo aunque sin decirlo claramente y mediante subterfugios para que la gente no se entere.

Hoy en día con esa ley es prácticamente imposible que nadie vaya a la cárcel por no pagar impuestos, lo que puede tener partidarios y detractores pero al rebajar de tal manera la pena de multa se llega a la conclusión de que merece la pena defraudar y luego si te cogen ya pagaras, además que se llega al punto que las sanciones administrativas que podemos pagar cualquiera de nosotros por no presentar la declaración a tiempo o por infracciones administrativas que no lleguen a los límites del Delito Penal son tan duras o más que las multas que impone el Código Penal.

quote]

Sí, pensé que la pena de cárcel la había puesto el PP. Pero leyéndolo, lo que hacen es rebajarla. Dentro de mis principios (que el Estado no puede meter las narices en el 56% de la economía, que los impuestos no pueden llevar una carrera de subida imparable desde hace 30 años para unos servicios más que deficientes para el coste, que fomentar la subvención y el subsidio es abonar la corrupción y el clientelismo, etc) me parece bien la modificación, no puedo decir más. Si quitasen la pena de cárcel, estaría aún más de acuerdo.
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elzeviriano
 
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Predeterminado 22-abr-2013, 22:30
  #18

Cita:
Iniciado por Honsou Ver Mensaje
Ese caso es de 1993 el art. sobre prescripción de los delitos a sido modificado 2 veces desde entonces una en 1995 y otra en 2003 todo parecido del CP actual con el de 1993 es pura coincidencia. Obviamente un crimen cometido en esa época prescribe cuando la ley del momento dice que lo hacia por el principio de no retroactividad.

Respecto a lo del dinero en el extranjero en el enlace del BOE de mi primer mensaje pone claramente que:

"En los casos en que la utilización de personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad
jurídica interpuestos, negocios o instrumentos fiduciarios o paraísos fiscales o
territorios de nula tributación oculte o dificulte la determinación de la identidad del obligado tributario o del responsable del delito, la determinación de la cuantía defraudada o del patrimonio del obligado tributario o del responsable del delito." el delito prescribe a los 10 años art 305 bis

A mi me parece que una cuenta en Suiza entraría dentro de este supuesto. Es cierto que antes prescribia a los 4 años pero te arriesgabas a pagar de multa hasta 6 veces lo defraudado y a entrar efectivamente en la cárcel cosa que ahora no sucede
El delito fiscal por cuentas en el extranjero no prescribirá

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iscol
 
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Predeterminado 23-abr-2013, 12:08
  #19

Honsou, es que intento mandarte un privado pero me es completamente imposible.

Si puedes aclararme esto te lo agradecería, sino perdona las molestias.

Si recibo a lo largo de 2 años 34.000€ al romper mi relación laboral, porque donde yo trabajo lo traspasan a otra empresa y cambio de figura jurídica, ese dinero se ha generado via intereses del capital aportado a lo largo de 20 años, que pena me podrían poner si no lo declaro, además de cuanto debería de pagar, esto el principal que no pago con un incremento de cuanto 20-30% de lo no pagado.

Además creo recordar que se iba a modificar y se va a pasar de 5 a 10 años en el que prescribe el delito fiscal.

La confianza, es la madre del descuido.
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